Gripe aviar: Se fortalece la vigilancia epidemiológica en Argentina

Estas acciones refuerzan el compromiso del Senasa con la protección de la avicultura argentina y su posición en el comercio internacional.

Con el fin de proteger la sanidad avícola del país y asegurar la continuidad del comercio internacional, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha implementado nuevas medidas para la vigilancia de la Influenza Aviar (IA) en aves de producción industrial y de raza. Además, ha lanzado un nuevo plan de contingencia para controlar y erradicar brotes de la enfermedad.

Nuevas normativas y estrategias de vigilancia

A través de las resoluciones N° 466 y 468, publicadas recientemente en el Boletín Oficial, el Senasa, en colaboración con el sector privado, ha actualizado las normativas para proteger la sanidad avícola y el comercio exterior argentino.

Estas resoluciones establecen estrategias de vigilancia epidemiológica activa para detectar la IA en establecimientos avícolas comerciales (producción de carne, huevo y genética) y de aves de raza. Los lineamientos se diferenciarán según el tipo de producción.

Para cumplir con estas nuevas directrices, los titulares de estos establecimientos deberán contar con un veterinario acreditado en sanidad y bienestar de las aves. Este profesional será responsable de la toma, acondicionamiento y envío de muestras de suero a los laboratorios inscritos en la Red Nacional de Laboratorios del Senasa para el diagnóstico de IA.

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Actualización del plan de contingencia

El Senasa también ha actualizado el plan de contingencia para el control, contención y erradicación de brotes de Influenza Aviar tipo A. Este plan detalla los procedimientos sanitarios que deben aplicarse ante la sospecha o confirmación de la enfermedad en el territorio nacional.

Entre los puntos más importantes se destacan:

  • El procedimiento para atender una sospecha de IA y las competencias del organismo para intervenir en el predio, tomar y remitir muestras a un laboratorio oficial.
  • La definición de una Zona de Control Sanitario (ZCS) de 10 km de radio alrededor de un brote de IA H5/H7. Esta zona permitirá al Senasa identificar, supervisar e inspeccionar los predios ubicados en ella. Dentro de la ZCS, se intensificarán las tareas de biocontención, bioseguridad, vigilancia y control de movimientos, con subzonas específicas para fortalecer la segregación de productos y animales, minimizando el riesgo de diseminación.

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Además, se especificaron las medidas a seguir ante la confirmación de un brote, incluyendo los procedimientos de comunicación oficial, posibles restricciones al comercio de mercancías aviares (en el caso de establecimientos comerciales) y la colaboración de asociaciones e industrias para fortalecer la investigación epidemiológica.

Fuente de la nota: https://www.argentina.gob.ar/

Con información de: https://infoagro.com.ar/

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