La Cámara de Diputados de la Nación lleva a cabo un intenso debate que podría extenderse por más de 30 horas. Además en la agenda se encuentran tres temas de gran relevancia: la Ley de Ganancias, la Reforma Laboral y el paquete fiscal propuesto por el Gobierno.
La Cámara de Diputados de la Nación se encuentra en medio de un intenso debate que podría extenderse por más de 30 horas. En la agenda se encuentran tres temas de gran relevancia: la Ley de Ganancias, la Reforma Laboral y el paquete fiscal propuesto por el Gobierno.
El sector agro no ha estado ajeno a este debate y ha logrado introducir algunos cambios en la ley de trabajo agrario. La Fundación Barbechando y Confederaciones Rurales Argentinas propusieron modificaciones en cuatro puntos clave: bolsa de trabajadores, contrataciones a servicios de terceros, período de prueba y régimen de solidaridad.
Las negociaciones con los legisladores dieron sus frutos y el Gobierno tomó algunos de estos puntos e los introdujo en el proyecto de ley. Entre los cambios más destacados se encuentran la creación de una bolsa de trabajadores para el sector agrario, la regulación de las contrataciones a servicios de terceros y la modificación del período de prueba para los trabajadores.
El Gobierno confía en tener el piso de votos necesario para avanzar con la votación del proyecto de ley. Sin embargo, aún queda por ver si las modificaciones introducidas serán suficientes para lograr el apoyo de todos los sectores.
En el caso del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA) se lleva a cabo un paro por tiempo indeterminado en las terminales portuarias de la región en respuesta a las reformas propuestas en la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
El sindicato también denunció que la ley «favorece a los empresarios» mientras «perjudica notablemente a los trabajadores y monotributistas». Entre las medidas más cuestionadas se encuentran la exención del aporte a obras sociales para trabajadores registrados no afiliados a un sindicato, descuentos salariales por realizar paros, eliminación de sanciones para empleadores que no registren a sus trabajadores y la extensión del período de prueba de los empleados.
Además de los temas mencionados anteriormente, la Cámara de Diputados también podría discutir otras iniciativas, como la ley de biocombustibles y la ley de emergencia sanitaria.
Se espera que la sesión sea muy intensa y que haya una gran participación de los diputados de todos los bloques.
Modificaciones en la Ley de Trabajo Agrario
El proyecto de la Ley de Bases que obtuvo dictamen incluye los siguientes cambios:
ARTÍCULO 94°.– Sustitúyanse los artículos 16 y 69 de la Ley Nº 26.727, por los siguientes:
ARTÍCULO 16.- Contrato de trabajo agrario permanente de prestación continua. El contrato de trabajo agrario se entenderá celebrado con carácter permanente y como de prestación continua, salvo los casos previstos expresamente por esta ley. Su extinción se regirá por lo dispuesto en el Título XII de la ley 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Para los trabajadores de tiempo indeterminado del sector agrario será de aplicación lo dispuesto respecto del período de prueba en el artículo 92 bis de la ley 20.744.”
ARTÍCULO 95°.- Bolsa de trabajo. Las bolsas de trabajo a cargo de las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal necesario para la realización de tareas temporarias en las actividades contempladas en la presente Ley, conforme las resoluciones que a tal efecto dicte la Comisión de Trabajo Agrario. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador”.
Con respecto a la contratación de empresas de servicios, se incluyó el artículo 97.
ARTÍCULO 97°.- Deróganse los artículos 8° a 17 y 120, inciso a), de la Ley N° 24.013; el artículo 9° de la Ley N° 25.013; los artículos 43 a 48 de la Ley N° 25.345; el artículo 15 de la Ley N° 26.727 y el artículo 50 de la Ley N° 26.844. ARTÍCULO 98°.- Derógase la Ley N° 25.323 y toda norma que se oponga o resultare incompatible con el contenido del presente Título.