ARCA prorrogó y flexibilizó el plan de pagos para deudas del Impuesto a las Ganancias vinculadas a quebrantos impositivos, con más cuotas y menores requisitos para ciertos contribuyentes.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la prórroga y flexibilización del régimen de facilidades de pago para regularizar deudas del Impuesto a las Ganancias relacionadas con la actualización de quebrantos impositivos. La medida busca dar previsibilidad y opciones de cumplimiento a empresas con diferencias entre quebrantos actualizados y valores históricos. El nuevo esquema amplía beneficios para los llamados «sujetos con manifestación de actualización», quienes hayan declarado formalmente su intención de aplicar el ajuste por inflación a sus quebrantos antes del 4 de agosto de 2025.
Entre los cambios generales para todos los contribuyentes, se permite incluir multas en el plan, se reduce el pago a cuenta del 3% al 2% de la deuda y se mantiene el mínimo de $50.000 por cuota. La tasa de interés será del 50% de la vigente para intereses resarcitorios, con un tope de 36 cuotas. La adhesión implica renunciar a acciones legales por los montos incluidos y, en casos judiciales, allanarse o desistir de la demanda.
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En tanto, para los sujetos con manifestación de actualización, el beneficio es mayor: el máximo de cuotas se eleva a 120 y el mínimo por cuota o pago a cuenta sube a $500.000. Además, podrán refinanciar planes ya presentados sin pago a cuenta adicional. El plazo de adhesión se extiende hasta el 31 de octubre de 2025, y para declaraciones juradas de ejercicios cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, hasta el último día del quinto mes posterior al vencimiento de la declaración.
La prórroga se da en un contexto de debate legal y judicial sobre la actualización de quebrantos. ARCA sostiene que no corresponde actualizar por inflación, basándose en la Ley del Impuesto a las Ganancias, mientras que la postura contraria apela a artículos que sí habilitan la actualización y a fallos como “Telefónica de Argentina” y “Candy”, donde la Corte Suprema la avaló para evitar efectos confiscatorios. En este escenario, especialistas advierten que las empresas deberán evaluar caso por caso el riesgo y la conveniencia de acogerse a los beneficios.
				
															


