Senasa modifica la normativa para el control y erradicación de la enfermedad, incluyendo cambios en el manejo del ganado y la gestión del FIDHA.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha actualizado el Plan Nacional de Control y/o Erradicación de la Garrapata del Bovino mediante la Resolución Senasa N° 917/2024, adaptando la normativa a las necesidades actuales del sector. Esta resolución, publicada en el Boletín Oficial, introduce cambios importantes en el manejo de la enfermedad, reemplazando la anterior Resolución N° 382-E/2017.
Entre las principales modificaciones, se permitirá el traslado de bovinos, bubalinos y equinos parasitados hacia frigoríficos para faena inmediata, sin necesidad de inspección previa, siempre y cuando estos frigoríficos cuenten con un lavadero habilitado por el Senasa. La normativa especifica que el Documento de Transporte electrónico (DT-e) debe indicar “faena inmediata garrapata”, y no se podrá desviar el destino de los animales a otra finalidad que no sea la faena inmediata.
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En caso de accidentes o siniestros, se activará un protocolo de fumigación y desinfección en la zona afectada, según lo estipulado por el Plan Nacional.
Además, la resolución mejora la gestión del Formulario de Inspección y Despacho de Hacienda (FIDHA), agilizando los procedimientos de inspección y pre-despacho. Los Técnicos Acreditados deberán ahora indicar la fecha y hora de inspección con un mínimo de 12 horas de antelación, y notificar los resultados dentro de las 48 horas posteriores a la inspección. La falta de cumplimiento en este plazo resultará en una suspensión provisoria del acreditado hasta que se completen los resultados pendientes.
Estas modificaciones buscan optimizar la gestión sanitaria y fortalecer la inocuidad de los alimentos, adecuando las operaciones a las condiciones del campo y mejorando la eficiencia en el control de la garrapata del bovino.
Para más información sobre el Programa de Garrapata del Senasa, se puede consultar el sitio web oficial del Senasa.