Los productos no cuentan con registros sanitarios y fueron calificados como ilegales.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del “Yogur griego” marca Capulí, en todos sus sabores, presentaciones, lotes y fechas de vencimiento, por carecer de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA).

La medida se tomó tras la denuncia de un consumidor ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre la legitimidad del producto “Yogur griego natural con stevia, marca Capulí, 160 g”. La investigación determinó que los productos no cumplen con la normativa alimentaria vigente, lo que derivó en su inmediato retiro del mercado.
Dado que estos alimentos no pueden ser identificados de manera clara y fehaciente, su fabricación y comercialización quedan prohibidas en todo el territorio nacional. ANMAT recomienda a la población no consumirlos, ya que podrían representar un riesgo para la salud.
