El Gobierno flexibilizó la importación de maquinaria usada para impulsar inversiones industriales

El Gobierno nacional modificó el régimen que regula la importación de maquinaria usada destinada a proyectos industriales y amplió las posibilidades para que las empresas incorporen equipamiento proveniente del exterior.

Los cambios fueron oficializados mediante el Decreto 483/2026, que actualiza el esquema vigente desde 2016 e incorpora nuevas condiciones para el ingreso de líneas de producción usadas, al tiempo que establece controles y sanciones más estrictas para quienes incumplan los requisitos.

La medida busca facilitar inversiones productivas, reducir tiempos administrativos y mejorar la competitividad de distintos sectores de la economía.

Se amplía el alcance del régimen

Entre las principales novedades, la normativa habilita la importación de líneas completas de producción con maquinaria usada destinadas a proyectos de mejora de la competitividad previamente aprobados por la autoridad de aplicación.

Además, el nuevo régimen incorpora bienes complementarios y accesorios indispensables para el funcionamiento de esos sistemas productivos, ampliando el universo de equipos que podrán ingresar al país.

La actualización también contempla la importación de maquinaria destinada al tratamiento o eliminación de contaminantes del aire, el agua o el suelo, siempre que forme parte de plantas industriales o de generación eléctrica.

Otro de los cambios relevantes es la incorporación de los denominados almacenes inteligentes, sistemas automatizados integrados por maquinaria, equipos y software destinados a optimizar el almacenamiento y la gestión logística dentro de las empresas.

Más flexibilidad para la antigüedad de los equipos

La nueva reglamentación también modifica los límites de antigüedad de la maquinaria.

A partir de ahora podrán importarse equipos con hasta 20 años de fabricación y, cuando hayan sido reconstruidos o modernizados para extender su vida útil, ese límite podrá alcanzar los 30 años.

Según el Gobierno, esta actualización permitirá ampliar la oferta de equipamiento disponible para proyectos industriales sin resignar condiciones técnicas ni operativas.

Se mantienen requisitos para acceder al beneficio

Si bien el decreto flexibiliza el acceso al régimen, las empresas deberán cumplir una serie de condiciones para obtener la aprobación. Entre ellas figura la obligación de realizar compras de bienes nuevos de fabricación nacional por un monto equivalente, como mínimo, al 10% del valor FOB de la maquinaria usada importada.

Esa inversión podrá destinarse tanto a la propia línea de producción como a otras actividades de la empresa o incluso a proveedores vinculados con el proyecto.

Además, cada iniciativa deberá contar con un dictamen técnico elaborado por organismos especializados, universidades nacionales o profesionales matriculados, que respalde la viabilidad del proyecto.

La normativa también establece que las inversiones deberán ponerse en marcha dentro del plazo de un año desde su aprobación, aunque contempla la posibilidad de otorgar prórrogas cuando existan motivos debidamente justificados.

Otro de los objetivos de la reforma es agilizar los procedimientos administrativos.El nuevo esquema fija plazos específicos para la resolución de los expedientes y mantiene la posibilidad de emitir una Constancia de Expediente en Trámite (CET), documento que permitirá avanzar con la importación mediante garantías aduaneras mientras continúa el análisis del proyecto.

Asimismo, toda la gestión deberá realizarse a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), con validación automática mediante el Sistema Informático Malvina (SIM), buscando reducir tiempos y simplificar los trámites.

Endurecen las sanciones por incumplimientos

La actualización del régimen también incorpora penalidades más severas para las empresas que no cumplan las condiciones establecidas.

Entre otras medidas, el decreto prevé la ejecución de las garantías cuando no se acrediten las inversiones comprometidas, se incumpla la obligación de adquirir bienes nacionales o se utilice de manera indebida la constancia de trámite.

En los casos en que se detecte documentación falsa o información presentada con intención fraudulenta, las firmas podrán ser inhabilitadas para acceder al régimen durante tres años, además de afrontar sanciones económicas que incluyen el pago de un monto equivalente al 20% de los tributos que hubieran dejado de ingresar, junto con los intereses correspondientes.

Finalmente, el Gobierno dispuso que las nuevas reglas también alcancen a numerosos expedientes que aún permanecen en trámite, con el objetivo de unificar criterios y acelerar la resolución de procesos iniciados bajo regímenes anteriores.

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