El agua no da tregua: declaran la emergencia agropecuaria en una región productiva clave

Homologan la emergencia agropecuaria y habilitan beneficios para productores afectados por inundaciones en zona agrícolas en un punto clave del país.

El Gobierno nacional oficializó la declaración de emergencia y desastre agropecuario por inundaciones en sectores de la provincia de Buenos Aires, con el objetivo de aliviar la situación de los productores afectados por los excesos hídricos. La medida fue homologada por el Ministerio de Economía mediante la Resolución 1850/2026, publicada en el Boletín Oficial, y habilita el acceso a beneficios impositivos y crediticios previstos en la Ley 26.509.

La disposición comprende a las explotaciones rurales afectadas del partido de Nueve de Julio y a las circunscripciones II, III, IV y XII del partido de Necochea. La medida busca mitigar las consecuencias económicas y productivas de las inundaciones, que dificultan el desarrollo normal de las actividades agropecuarias.

Con esta decisión, el Ejecutivo nacional convalidó el pedido de la provincia de Buenos Aires para brindar asistencia a los establecimientos damnificados. Los productores que acrediten su situación podrán acceder a las herramientas de alivio contempladas en el régimen de emergencia agropecuaria.

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Qué zonas quedaron bajo emergencia agropecuaria

Según lo establecido en la Resolución 1850/2026, la declaración de emergencia o desastre agropecuario por inundación para el partido de Nueve de Julio rige desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre de 2026.

El mismo período de vigencia se fijó para las explotaciones rurales afectadas de las circunscripciones II, III, IV y XII de Necochea, también alcanzadas por los anegamientos.

La homologación permite instrumentar los beneficios previstos en la normativa nacional para los productores que sufrieron daños en sus campos y cuya capacidad productiva se vio comprometida por los excesos de agua.

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Cómo acceder a los beneficios impositivos y crediticios

Para acceder a las medidas de asistencia, los productores deberán presentar un certificado emitido por la autoridad provincial competente, que acredite que sus establecimientos o explotaciones se encuentran comprendidos en la declaración de emergencia o desastre agropecuario.

La provincia de Buenos Aires, por su parte, asumió el compromiso de remitir a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores beneficiarios.

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En materia tributaria y financiera, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y los bancos oficiales deberán instrumentar las medidas necesarias para facilitar el acceso a los beneficios correspondientes, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

La resolución también instruye al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar los convenios y realizar los actos administrativos necesarios para implementar la medida, dentro de sus competencias.

De esta manera, la homologación nacional permite avanzar en la aplicación de herramientas de alivio para los productores bonaerenses afectados por las inundaciones, en un contexto en el que los anegamientos generan dificultades para sostener la actividad y afrontar los compromisos económicos de los establecimientos rurales.

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